¿Sabes qué diferencias hay entre una demanda, una denuncia y una querella?

Oímos hablar muchas veces de estas palabras en la televisión, en la radio, en la prensa, en la calle… Pero en ocasiones no sabemos distinguir meticulosamente en qué consiste cada una de ellas. Por eso hoy, en el blog de siemprealdía queremos explicar cuáles son sus diferencias.

Desde el punto de vista jurídico, las tres son formas de iniciar un procedimiento judicial, pero se diferencian entre sí porque se llevan a cabo en distintas vías judiciales. La demanda se lleva a cabo en la vía civil, mercantil o laboral; La denuncia y la querella, en cambio, se llevan a cabo en la vía penal.

Denuncia

La denuncia, por su parte, consiste en la comunicación o declaración ante una autoridad (policía, juez o Ministerio Fiscal, de la presentación de unos hechos que podrían ser delictivos. Las denuncias pueden hacerse por escrito o de forma verbal, por ejemplo en una comisaría de policía, que recogerá los detalles del relato. En estos casos no es necesaria la intervención de un abogado y procurador.

Querella

La querella es el escrito que se presenta en un juzgado competente, en el que se comunican unos hechos que pueden ser delictivos. Se solicita la apertura de un procedimiento criminal en el que la querella será parte de este procedimiento. En estos casos sí que es necesaria la intervención de un abogado y procurador, que se ocuparán de llevar a cabo los requisitos formales; Descripción de los hechos, datos del querellante y el querellado, lugar y fecha, diligencias que debe practicar el juzgado, la firma del querellante, etc.

A diferencia de la denuncia, en la querella se expresa la intención de ser parte acusadora del procedimiento.

Demanda

La demanda, por último, es una petición formal y escrita que se presenta en el Tribunal competente (civil, laboral o mercantil). A partir de unos hechos que se apoyan en fundamentos de derecho o jurídicos, se motiva la reclamación formulada. La demanda civil es la que se interpone en aquellos conflictos generados entre particulares, tales como herencias, vecinos, etc.

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